Traspaso de Fondos de Inversión: Qué Es y Cómo Tributa

El traspaso te permite cambiar de fondo de inversión sin pagar impuestos en ese momento. Te explicamos cómo funciona el diferimiento fiscal del artículo 94 del IRPF, qué fondos son aptos y cómo llevar el seguimiento correcto de tus traspasos en tu cartera.

Diferimiento fiscal
Sin plazo de permanencia
Residentes en España

Qué es un traspaso de fondos

Un traspaso es el movimiento de tu inversión de un fondo de inversión a otro sin pasar por liquidez, es decir, sin "vender a dinero". El importe sale de un fondo y entra directamente en otro.

Lo relevante es su tratamiento fiscal: gracias al régimen de diferimiento del artículo 94 de la Ley del IRPF, ese movimiento no genera tributación. No declaras la ganancia ni la pérdida en el momento del traspaso. La inversión conserva, a efectos fiscales, su valor de adquisición y su fecha de compra originales, que se arrastran al fondo de destino.

La idea clave

Un traspaso no es una venta. Es un movimiento interno entre fondos que difiere el impuesto: pagas más tarde, cuando reembolses de verdad, y mientras tanto mantienes el 100% de tu capital trabajando.

Cómo tributa un traspaso

El diferimiento significa que solo tributas cuando reembolsas definitivamente a dinero, no cuando traspasas entre fondos. Puedes encadenar tantos traspasos como quieras a lo largo del tiempo difiriendo la ganancia acumulada.

Cuando finalmente reembolsas, la ganancia patrimonial se calcula desde el coste y la fecha originales (normalmente por orden FIFO, primera entrada–primera salida) y tributa en la base del ahorro del IRPF. En 2026 los tipos van del 19% al 30% de forma progresiva según el tramo. Puedes ver el detalle en nuestra guía del impuesto sobre ganancias patrimoniales en España.

Por qué interesa

Al no "rascar" impuestos en cada cambio de fondo, reinviertes también la parte que de otro modo se habría ido a Hacienda. Ese diferimiento, compuesto durante años, mejora la rentabilidad neta de tu cartera.

Requisitos y fondos aptos

El régimen de traspaso es una característica del IRPF español, así que para beneficiarte del diferimiento debes cumplir:

  • Ser contribuyente del IRPF (residente fiscal en España). Un no residente no tiene IRPF que diferir.
  • Que origen y destino sean instituciones de inversión colectiva (IIC) aptas: fondos de inversión y SICAV no cotizados. El traspaso es de fondo a fondo.
  • Fondos extranjeros: válidos si la IIC está registrada en la CNMV y la contratas a través de una comercializadora en España. El canal de comercialización español es lo que habilita el diferimiento.

Los ETFs cotizados quedan fuera

Un ETF cotizado tributa como una acción: no se puede traspasar con diferimiento. Tampoco entran las acciones individuales, los bonos directos ni las criptomonedas. El régimen del artículo 94 es solo para fondos (y SICAV) no cotizados.

Un detalle a menudo olvidado: como la fecha de adquisición original se conserva, los coeficientes de abatimiento de participaciones anteriores a 1995 (disposición transitoria 9ª) pueden seguir aplicándose a través de los traspasos, dentro de sus límites (el tope acumulado de 400.000 € de valor de transmisión por contribuyente y solo sobre la plusvalía generada hasta el 20/01/2006). La antigüedad fiscal no se "reinicia" al cambiar de fondo.

Traspaso vs. reembolso

La diferencia entre traspasar y reembolsar es exactamente la diferencia entre diferir y tributar:

 Traspaso (fondo → fondo)Reembolso (fondo → dinero)
¿Tributa ahora?No
Coste y fecha de compraSe conservan (se arrastran)Se consumen al vender
Antigüedad fiscalSe mantieneCierra la posición
Cuándo pagasAl reembolsar en el futuroEn la renta de ese ejercicio

Por qué un traspaso es difícil de seguir en tu cartera

Aquí está el problema práctico: como el coste y la antigüedad se arrastran de un fondo a otro, si registras un traspaso como una "venta + compra" normal, tu cartera se rompe:

  • Aparece una ganancia o pérdida realizada falsa en el fondo de origen, que en realidad no has tributado.
  • El fondo de destino arranca con una fecha de adquisición incorrecta (la del traspaso, no la original).
  • Tu rentabilidad se distorsiona: el traspaso se cuenta como un depósito nuevo o un reembolso, cuando es un movimiento interno.

La mayoría de las apps de seguimiento genéricas no contemplan el traspaso y lo tratan como dos operaciones independientes. El resultado es una cartera que no cuadra con tu realidad fiscal.

Cómo lo resuelve AllInvestView

En AllInvestView puedes marcar un movimiento como traspaso y enlazarlo con su origen. La aplicación arrastra el coste y la fecha de adquisición originales, no inyecta una ganancia falsa ni un depósito en tu rentabilidad, y mantiene tu historial fiscal coherente. La función de traspaso se muestra solo a los residentes fiscales en España, porque es un régimen español.

Preguntas frecuentes

¿Tributa un traspaso entre fondos de inversión?
No. El artículo 94 de la Ley del IRPF permite el diferimiento: cuando traspasas tu dinero de un fondo a otro sin pasar por liquidez, no declaras la ganancia ni la pérdida en ese momento. Solo tributas cuando reembolsas definitivamente a dinero.
¿Hay un plazo mínimo de permanencia o de inmovilización?
No. No existe ningún periodo de inmovilización. Puedes traspasar entre fondos aptos tantas veces como quieras y cuando quieras sin perder el diferimiento. Se mantiene mientras no reembolses a dinero.
¿Se conserva la antigüedad y el coste de adquisición?
Sí. La fecha de compra y el valor de adquisición originales se arrastran al fondo de destino. Cuando reembolsas, la ganancia se calcula desde ese coste y esa fecha originales, normalmente por orden FIFO.
¿Pueden traspasarse los ETFs con diferimiento?
No. Los ETFs cotizados tributan como acciones y quedan fuera del régimen de traspaso. El diferimiento del artículo 94 se aplica a fondos de inversión (y SICAV) no cotizados.
¿Puedo traspasar a o desde un fondo extranjero?
Sí, siempre que la IIC esté registrada en la CNMV y la contrates a través de una comercializadora en España. El canal de comercialización español es lo que habilita el diferimiento para fondos extranjeros aptos.
¿Cómo se declara un traspaso en la renta?
El traspaso en sí no genera ningún apunte de ganancia o pérdida en tu declaración, porque no hay tributación en ese momento. Solo tributas en el IRPF del ejercicio en el que reembolses a dinero, sobre la ganancia acumulada desde el coste original.

Esta guía tiene fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal. La aplicación de los regímenes fiscales depende de tu situación particular; consulta a un asesor o a la Agencia Tributaria para tu caso concreto.

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